Anexo 32 - Estudiantes financiados por una persona residente en Bélgica

  1. Última actualización el

Si el garante reside en Bélgica, este último debe contactar a su administración comunal.

La administración comunal fecha el documento completado por el garante, legaliza su firma y le devuelve el formulario "Anexo 32" de vuelta. 

Atención: leer bien la letra chica al final del anexo 32. El garante no debe olvidar, en el momento de firmar, de escribir de puño y letra la mención “Lu et approuvé” (en francés) o "Gelezen en goedgekeurd" (en neerlandés), luego la fecha y luego la firma. Si falta uno de estos tres puntos, el documento carecerá de validez.

El formulario "Anexo 32" legalizado por la administración comunal (la fecha de legalización del mismo no debe exceder los 6 meses) debe adjuntarse a la solicitud de visa, acompañado de los siguientes documentos:

  • Copia de la tarjeta de identidad (eID) o permiso de residencia belga del garante;
  • Copia de los últimos tres recibos de sueldo del garante en caso de ser un empleado o última declaración de impuestos en caso de ser un monotributista (“avertissement - extrait de rôle” o “aanslagbiljet”). Por razón de
    privacidad, el garante puede enviar esta documentación directamente por email o correo postal al Consulado General.

Como para todos los otros documentos, adjuntar 2 juegos de fotocopias de todos los documentos de este punto.
 

SOLVENCIA ECONÓMICA DEL GARANTE


El garante debe poder comprobar un ingreso mensual neto mínimo de 1.920,03 EUR (para gastos propios) + 730 EUR ( para gastos del estudiante) neto/mes.