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Para solicitar una visa de investigación para un período mayor de 90 días, asegúrese de cumplir con los siguientes pasos y requisitos.
Primer paso: Iniciar la solicitud de permiso de investigación o “permiso único”. El procedimiento para obtener una autorización de investigador es un “procedimiento de solicitud única”, comprende tanto la autorización de residencia (componente “estancia”) como la autorización de trabajo (componente “trabajo”). Para obtener el permiso, se deben presentar tanto las pruebas relacionadas con el permiso de trabajo como las relacionadas con el permiso de residencia. La Oficina de Extranjería es la autoridad competente para la estancia. El componente “trabajo” es evaluado por la autoridad laboral regional. La organización de investigación reconocida solicita el permiso de investigación a la autoridad regional a través de la ventanilla única
Usted y el organismo de investigación pueden obtener la información necesaria para la obtención de este "permiso único" en el sitio web de la Oficina de Extranjería en Bélgica (sección entradas para extranjeros --> trabajo --> investigación).
Segundo paso: Si la autorización de trabajo y la autorización de estadía son otorgadas, respectivamente por la Región y por la Oficina de Extranjería, el solicitante recibirá una autorización de estadía y trabajo (Anexo 46 de la Ley del 08/10/1981) con la mención nacional “B13” que certifica que se encuentra autorizado a permanecer más de 90 días en Bélgica para investigación. El Consulado General recibirá simultáneamente por parte de las autoridades competentes una copia de esta autorización (Anexo 46) si el domicilio declarado se encuentra en Argentina, Uruguay o Paraguay.
Tercer paso: Una vez que el interesado obtiene la autorización de estadía y trabajo (otorgada en Bélgica), puede gestionar la emisión de una visa D. En circunstancias normales, la visa se entrega en el curso de una semana luego de entregar el legajo completo.
AVISO
Un ciudadano no europeo exento de una visa para una estadía que no exceda los 90 días no está obligado a solicitar una visa D en su país de residencia.
Cuando la organización de investigación reconocida en Bélgica presenta la solicitud, el investigador debe, en principio, estar todavía fuera de la UE. Solo si el nacional de un tercer país ya ha obtenido una autorización para una estancia de corta duración o tiene libre circulación en Schengen por un máximo de 90 días, o una autorización para una estadía larga (es decir, más de 90 días) en Bélgica, se hará una excepción y el nacional de un tercer país podrá ya estar en territorio belga cuando la organización de investigación solicita el permiso de investigador. En el caso de solicitar el permiso desde Bélgica, tenga en cuenta los plazos de respuesta del Permiso (lo puede ver en el enlace siguiente: Chercheurs | IBZ a fin de no exceder los plazos legales de permanencia en Schengen.
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA
- Dos formularios de VISA D de larga estadía, debidamente completos que deberá completar en línea aquí, imprimir y firmar.
- Tres fotos carnet, tamaño 4 x 4, fondo blanco, de acuerdo con las normas ICAO (PDF, 2.27 MB)
- Dos copias del Pasaporte + el Pasaporte original con vigencia mínima de 15 meses y al menos 2 páginas sin usar. Los juegos de fotocopias tienen que ser de la primera hoja y de las hojas que contengan sellos de entrada o salida, o visas, si las hubiera.
- Dos copias (ambos lados) de su DNI argentino o equivalente para Paraguay o Uruguay.
- Dos copias de la prueba de pago de la tasa de tramitación consular (ver aquí). Por favor abonar pago exacto.
- Dos formularios originales de elección de idioma que puede descargar en francés (PDF, 39.81 KB) o neerlandés (PDF, 40.2 KB)
- Dos copias de la Autorización de estadia y trabajo (Anexo 46 co la mención 13)
- Dos copias del Convenio de investigación.
- Dos copias de la reserva de pasaje de avión a Bélgica, si ya la tiene. Este documento no es obliatorio para la solicitud de visa. En el caso de presentarlo, es suficiente presentar el pasaje de ida. El Consulado General no se responsabiliza por pasajes comprados en caso de que la visa sea denegada.
PARA TENER EN CUENTA
- El Consulado General siempre puede solicitarle documentos adicionales y/o requerirle que se presente para tener una entrevista con usted, si lo considerara necesario.
- Recuerde que en caso de que su visa sea denegada, no hay reembolso de ninguno de los dos pagos.
- Todo lo mencionado anteriormente se trata de información orientativa. Puede encontrar la información completa ingresando en el sitio web de la Oficina de Extranjería
- Tiempo de procesamiento de una solicitud de visa como investigador con convenio de investigación: en circunstancias normales, la visa se entrega en el curso de una semana luego de entregar el legajo completo.
- Prestar atención a que se encuentren dos fotocopias de cada documento, además de los originales. Esto se debe a que los documentos originales serán devueltos al interesado y el Consulado General debe poder disponer luego de dos juegos completos de la solicitud de visa.